Objeto
– Solicitud de devolución de fianza o aval bancario depositado como garantía de ejecución de obra o suministro.
Quién puede realizar el trámite
– Cualquier persona física o jurídica que actúe como parte interesada.
Cómo se puede realizar el trámite / Documentación a presentar
Cómo y cuándo se resuelve
– Conceptualmente una fianza constituye el depósito de una cantidad en metálico en una entidad bancaria que se justifica mediante el documento bancario acreditativo de tal depósito o transferencia, mientras que un aval constituye un documento firmado facilitado por la entidad bancaria expresando que responde de la empresa a la que se le requiere el aval.– En los supuestos de fianzas, tras la verificación y visto bueno del área o del técnico competente, Intervención procederá a realizar la transferencia bancaria que conllevará la efectiva devolución de las mismas.– En el caso de avales, el área remitirá a la persona interesada el documento original acreditativo del aval que se depositó en su momento.
Plazo de tramitación:
Máximo un mes.